Si un paciente desea que se le reembolsen productos ortopédicos, debe dirigirse a una persona autorizada, tal y como se menciona en el apartado 14 del artículo 2 de la Ley de Reembolso. Una persona autorizada es una persona con derecho a ejercer una profesión médica que, sobre la base de la normativa que regula el ejercicio de la profesión médica en cuestión, está autorizada a expedir recetas de conformidad con la Ley y la Ley de 6 de septiembre de 2001.
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